sábado, 4 de abril de 2020

EN EL MARCO DEL D.S. 4203 SE SUSPENDEN LOS PLAZOS DE ACTUALIZACIÓN PARA EMPRESAS EN FUNDEMPRESA.

Considerando la Emergencia Sanitaria y Cuarentena Total que se constituyen en fuerza mayor que imposibilita a las personas naturales y colectivas cumplir con sus obligaciones en materia comercial y registrar en el marco del Código de Comercio, todos los actos comerciales; el estado vio por conveniente suspender los plazos de las obligaciones establecidas en los Artículos 1, 2, 3, 4, 25, 205 y 285 del Código de Comercio.

A continuación puede ver la Resolución Ministerial MDPyEP/DESPACHO/Nº 0070.2020 de fecha 2 de abril de 2020. Asimismo, más abajo puede descargar en formato .pdf esta Resolución así como el D.S. N° 4203.

 










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