domingo, 12 de agosto de 2012

DUDAS EN EL SISTEMA DE FACTURACIÓN MANUAL - SFV

1 ¿Qué características tiene la Facturación Manual?  

Modalidad en la cual la información de la dosificación es pre impresa a través de imprentas autorizadas por la Administración Tributaria, previa solicitud de dosificación y la emisión de la Factura o Nota Fiscal puede realizarse en forma MANUSCRITA o INFORMÁTICA.

2 ¿Qué color de bolígrafo puedo utilizar para la emisión de  Facturas Manuales?  

Puede utilizar cualquier color, siempre y cuando sea legible la información relativa a la transacción.

3 ¿Sí emito Facturas Manuales, llenadas a través de una computadora tendré alguna multa?  

No, la emisión de la Factura o Nota Fiscal puede realizarse a través de medios informáticos.


4 ¿Qué contribuyentes deben utilizar la modalidad de Facturación Manual?  

Pueden utilizar la Modalidad de Facturación Manual, quienes realicen las siguientes actividades:

- Alquiler de Bienes Inmuebles.
- Operaciones de turismo receptivo (Hoteles y similares) conforme lo dispuesto en el Artículo 30 de la Ley N° 292 de fecha 25 de septiembre de 2012 (Ley General de Turismo “Bolivia te espera”).
- Venta de Combustibles en Estaciones de Servicio.
- Prestación de servicios gravadas a Tasa Cero en el IVA. Por  ejemplo en  aplicación  de  la  Ley N° 3249 Tasa Cero IVA Transporte Internacional de Carga por Carretera, Ley N° 366  del  Libro  y  la Lectura “Oscar Alfaro”.

Nota: Cuando se presenten contingencias (ejemplo: cortes de suministro de energía eléctrica, cortes en transmisión de datos), los Sujetos Pasivos o Terceros Responsables que utilizaren Modalidades de Facturación, Computarizada, Electrónica, Electrónica Web y Oficina Virtual, extraordinariamente podrán utilizar la Modalidad de Facturación Manual previa dosificación en el SFV.

5 ¿Existe alguna restricción en el uso de la modalidad de Facturación Manual? 

Si, no podrán utilizar esta modalidad de facturación:

- Los Sujetos Pasivos o Terceros Responsables que cuenten con tres (3) o más actividades económicas vigentes en el Padrón Nacional de Contribuyentes distintas a las de “Alquiler de Bienes raíces propios” o las comprendidas dentro del grupo de “Profesionales Independientes” u “Oficios”. Estos contribuyentes deben utilizar de manera obligatoria las Modalidades de Facturación Prevalorada, Computarizada, Oficina Virtual, Electrónica Web o Electrónica por Ciclos. 

- Los Sujetos Pasivos o Terceros Responsables cuyo volumen de Facturación durante seis (6) periodos fiscales consecutivos del IVA no superen una (1) transacción por período fiscal mensual. Estos contribuyentes deben utilizar de manera obligatoria la Modalidad de Facturación Oficina Virtual, con excepción de contribuyentes que realizan “Oficios”, así como los que realicen únicamente alquiler de bienes inmuebles podrán utilizar optativamente esta modalidad.

- Los Sujetos Pasivos o Terceros Responsables independientemente de la Actividad Económica que realicen y cuya emisión durante un periodo fiscal del IVA sea superior a veinte mil (20.000) Facturas. Estos contribuyentes deben  utilizar de manera obligatoria las Modalidades de Facturación Prevalorada, Computarizada, Electrónica Web o Electrónica por Ciclos.

- Los Sujetos Pasivos o Terceros Responsables independientemente de la actividad económica y cuyo
monto total de Facturación durante un periodo fiscal del IVA sea superior a Bs1.000.000.- (Un millón 00/100 Bolivianos). Estos contribuyentes deben utilizar de manera obligatoria las Modalidades de Facturación Prevalorada, Computarizada, Oficina Virtual, Electrónica Web o Electrónica por Ciclos.

Los Sujetos Pasivos o Terceros Responsables que realizan exportación de mercancías. Estos contribuyentes deben utilizar las Modalidades de Facturación Computarizada, Oficina Virtual, Electrónica Web o Electrónica por Ciclos.

- Los Sujetos Pasivos o Terceros Responsables categorizados en el Padrón Nacional de Contribuyentes como Principales (PRICOS) y Grandes Contribuyentes (GRACOS). Estos contribuyentes deben utilizar las Modalidades de Facturación Prevalorada, Computarizada, Oficina Virtual, Electrónica Web o Electrónica por Ciclos.

- En las operaciones de venta por comercio electrónico sin intermediarios, el vendedor a momento de la entrega del bien o acto equivalente que suponga la transferencia de dominio. Estos contribuyentes deben entregar al comprador la Factura o Nota Fiscal emitida bajo las Modalidades de Facturación Computarizada, Electrónica Web o Electrónica por Ciclos.

6 ¿Cómo será la dosificación para esta modalidad?  

La dosificación será por cantidad, para 180 dias, (con fecha límite de emisión) pero esta cantidad dependerá del Comportamiento del Contribuyente.

7 ¿Las Facturas Manuales llevan impreso el Código de Control y Código QR?  

No, las Facturas Manuales no llevan este dato.

8 ¿La modalidad de facturación manual tiene fecha límite de emisión?  

Si, lleva preimpresa la fecha límite, de 180 dias, en la Factura o Nota Fiscal, parte inferior derecha.

9 ¿Las Facturas deben ser pre impresas por una imprenta en la facturación manual?  

Sí, la impresión de las Facturas debe ser realizada por una imprenta autorizada.

10 ¿Cuándo la imprenta concluya con la impresión de las Facturas debo recoger y emitir las mismas?  

Una vez concluidas las Facturas Ud. debe revisar en forma minuciosa las mismas y comprobar que no ha existido ninguna equivocación. Posteriormente la imprenta Activara sus Facturas, y le entregara un Certificado de Activación.

11 ¿Cómo se Activa las Facturas en la facturación manual?

Las Facturas se activan cuando la imprenta autorizada se conecta al Servicio de Impuestos a través de la Oficina Virtual - SFV y  comunica la entrega de las Notas Fiscales al Contribuyente.

18 comentarios :

  1. Por favor, me podrían indicar cuál es la normativa que indica que las facturas manuales pueden ser llenadas y emitidas por medios informáticos.
    Tengo entendido que las facturas emitidas por computadora deben llevar el código de control y el código QR.
    Gracias anticipadas.
    Saludos

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    1. Artículo 5 de la RND 10-0025-14 (Modalidades de Facturación).-
      a) Facturación Manual: Modalidad en la cual la información de la dosificación es pre impresa a través de imprentas autorizadas por la Administración Tributaria, previa solicitud de dosificación y la emisión de la Factura o Nota Fiscal puede realizarse en forma manuscrita o informática (ver Anexo N° 1).

      Saludos-

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  2. Una pregunta disculpen compré una moto y me pidieron 6900 eso pague pero en la factura de la moto sale como 3900 por qué sale así la diferencia de dinero

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    1. Reclama a tu vendedor, la factura debe ser emitida por el mismo valor de la compra. Saludos.

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  3. EN CASO DE LA RESTRICCIÓN DA FACTURACION MINIMA DE 1 POR MES DURANTE 6 MESES, COMO PUEDO VOLVER A RECUPERAR EL SISTEMA DE FACTURACIÓN MANUAL?? O COMO PUEDO JUSTIFICAR EL CONTINUAR USANDO LA FACTURACION MANUAL EN EL CASO DE QUE LA EMPRESA ES UNA CONSTRUCTORA

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  4. Hola me prodrian decir cual es la diferencia entre factura manual y electronica?

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    1. Estimad@: La modalidad manual, es donde la información de la dosificación es pre impresa a través de imprentas autorizadas por la Administración Tributaria, previa solicitud de dosificación y la emisión de la Factura o Nota Fiscal puede realizarse en forma MANUSCRITA o INFORMÁTICA.

      La Modalidad electrónica es aquella que se emite en línea a través de internet. En nuestra normativa existe dos modalidades electrónicas, 1) Electrónica Web y 2) Electrónica por Ciclos. En los dos casos es necesario la conexión a internet. Para mas información lea la RND 10-0021-16.

      Saludos.

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  5. Buenas tardes, cuál es la razón por la que un cliente me puede pedir dosificación de facturas de 2014???

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    1. Estimad@: No existe ninguna razón para que un cliente pueda pedirte dosificación de facturas. La única autorizada para solicitar este documento, es la Administración Tributaria (SIN).

      Saludos.

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  6. Hola hay cantidad máxima o mínima para dosificar facturas manuales

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  7. Me podrian explicar sobre
    Restriccion en el uso de la modalidad de facturacion manual

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    1. No podrán utilizar la modalidad de facturación manual:

      - Los Sujetos Pasivos o Terceros Responsables que cuenten con tres (3) o más actividades económicas vigentes en el Padrón Nacional de Contribuyentes distintas a las de “Alquiler de Bienes raíces propios” o las comprendidas dentro del grupo de “Profesionales Independientes” u “Oficios”. Estos contribuyentes deben utilizar de manera obligatoria las Modalidades de Facturación Prevalorada, Computarizada, Oficina Virtual, Electrónica Web o Electrónica por Ciclos.

      - Los Sujetos Pasivos o Terceros Responsables cuyo volumen de Facturación durante seis (6) periodos fiscales consecutivos del IVA no superen una (1) transacción por período fiscal mensual. Estos contribuyentes deben utilizar de manera obligatoria la Modalidad de Facturación Oficina Virtual, con excepción de contribuyentes que realizan “Oficios”, así como los que realicen únicamente alquiler de bienes inmuebles podrán utilizar optativamente esta modalidad.

      - Los Sujetos Pasivos o Terceros Responsables independientemente de la Actividad Económica que realicen y cuya emisión durante un periodo fiscal del IVA sea superior a veinte mil (20.000) Facturas. Estos contribuyentes deben utilizar de manera obligatoria las Modalidades de Facturación Prevalorada, Computarizada, Electrónica Web o Electrónica por Ciclos.

      - Los Sujetos Pasivos o Terceros Responsables independientemente de la actividad económica y cuyo
      monto total de Facturación durante un periodo fiscal del IVA sea superior a Bs1.000.000.- (Un millón 00/100 Bolivianos). Estos contribuyentes deben utilizar de manera obligatoria las Modalidades de Facturación Prevalorada, Computarizada, Oficina Virtual, Electrónica Web o Electrónica por Ciclos.

      - Los Sujetos Pasivos o Terceros Responsables que realizan exportación de mercancías. Estos contribuyentes deben utilizar las Modalidades de Facturación Computarizada, Oficina Virtual, Electrónica Web o Electrónica por Ciclos.

      - Los Sujetos Pasivos o Terceros Responsables categorizados en el Padrón Nacional de Contribuyentes como Principales (PRICOS) y Grandes Contribuyentes (GRACOS). Estos contribuyentes deben utilizar las Modalidades de Facturación Prevalorada, Computarizada, Oficina Virtual, Electrónica Web o Electrónica por Ciclos.

      - En las operaciones de venta por comercio electrónico sin intermediarios, el vendedor a momento de la entrega del bien o acto equivalente que suponga la transferencia de dominio. Estos contribuyentes deben entregar al comprador la Factura o Nota Fiscal emitida bajo las Modalidades de Facturación Computarizada, Electrónica Web o Electrónica por Ciclos.

      Saludos

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  8. Qué problemas podría haber con una factura manual que en el NIT/CI le han puesto literal? (Ej. 7708911 SC; E-1258769)

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  9. Respuestas
    1. Modalidad en la cual la información de la dosificación es pre impresa a través de imprentas autorizadas por la Administración Tributaria, previa solicitud de dosificación y la emisión de la Factura o Nota Fiscal puede realizarse en forma MANUSCRITA o INFORMÁTICA.

      Saludos.

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  10. Puedo emitir una factura a nombre de otra persona que no está registrado dentro el contrato de compra venta y que seria necesario para hacerlo?

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  11. Por favor si podría indicarme como puedo llenar una factura con recargo..soy estudiante nueva en contabilidad y no comprendí ese tema..gracias

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  12. Que es una facturación manual quiero algún concepto

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