Modalidad en la cual la información de la dosificación es pre impresa a través de imprentas autorizadas por la Administración Tributaria, previa solicitud de dosificación y la emisión de la Factura o Nota Fiscal puede realizarse en forma MANUSCRITA o INFORMÁTICA.
2 ¿Qué color de bolígrafo puedo utilizar para la emisión de Facturas Manuales?
Puede utilizar cualquier color, siempre y cuando sea legible la información relativa a la transacción.
3 ¿Sí emito Facturas Manuales, llenadas a través de una computadora
tendré alguna multa?
4 ¿Qué contribuyentes deben utilizar la modalidad de Facturación Manual?
Pueden utilizar la Modalidad de Facturación Manual, quienes realicen las siguientes actividades:
- Alquiler de Bienes Inmuebles.
- Operaciones de turismo receptivo (Hoteles y similares) conforme lo dispuesto en el Artículo 30 de la Ley N° 292 de fecha 25 de septiembre de 2012 (Ley General de Turismo “Bolivia te espera”).
- Venta de Combustibles en Estaciones de Servicio.
- Prestación de servicios gravadas a Tasa Cero en el IVA. Por ejemplo en aplicación de la Ley N° 3249 Tasa Cero IVA Transporte Internacional de Carga por Carretera, Ley N° 366 del Libro y la Lectura “Oscar Alfaro”.
Nota: Cuando se presenten contingencias (ejemplo: cortes de suministro de energía eléctrica, cortes en transmisión de datos), los Sujetos Pasivos o Terceros Responsables que utilizaren Modalidades de Facturación, Computarizada, Electrónica, Electrónica Web y Oficina Virtual, extraordinariamente podrán utilizar la Modalidad de Facturación Manual previa dosificación en el SFV.
5 ¿Existe alguna restricción en el uso de la modalidad de Facturación Manual?
Si, no podrán utilizar esta modalidad de facturación:
- Los Sujetos Pasivos o Terceros Responsables que cuenten con tres (3) o más actividades económicas vigentes en el Padrón Nacional de Contribuyentes distintas a las de “Alquiler de Bienes raíces propios” o las comprendidas dentro del grupo de “Profesionales Independientes” u “Oficios”. Estos contribuyentes deben utilizar de manera obligatoria las Modalidades de Facturación Prevalorada, Computarizada, Oficina Virtual, Electrónica Web o Electrónica por Ciclos.
- Los Sujetos Pasivos o Terceros Responsables cuyo volumen de Facturación durante seis (6) periodos fiscales consecutivos del IVA no superen una (1) transacción por período fiscal mensual. Estos contribuyentes deben utilizar de manera obligatoria la Modalidad de Facturación Oficina Virtual, con excepción de contribuyentes que realizan “Oficios”, así como los que realicen únicamente alquiler de bienes inmuebles podrán utilizar optativamente esta modalidad.
- Los Sujetos Pasivos o Terceros Responsables independientemente de la Actividad Económica que realicen y cuya emisión durante un periodo fiscal del IVA sea superior a veinte mil (20.000) Facturas. Estos contribuyentes deben utilizar de manera obligatoria las Modalidades de Facturación Prevalorada, Computarizada, Electrónica Web o Electrónica por Ciclos.
- Los Sujetos Pasivos o Terceros Responsables independientemente de la actividad económica y cuyo
monto total de Facturación durante un periodo fiscal del IVA sea superior a Bs1.000.000.- (Un millón 00/100 Bolivianos). Estos contribuyentes deben utilizar de manera obligatoria las Modalidades de Facturación Prevalorada, Computarizada, Oficina Virtual, Electrónica Web o Electrónica por Ciclos.
- Los Sujetos Pasivos o Terceros Responsables que realizan exportación de mercancías. Estos contribuyentes deben utilizar las Modalidades de Facturación Computarizada, Oficina Virtual, Electrónica Web o Electrónica por Ciclos.
- Los Sujetos Pasivos o Terceros Responsables categorizados en el Padrón Nacional de Contribuyentes como Principales (PRICOS) y Grandes Contribuyentes (GRACOS). Estos contribuyentes deben utilizar las Modalidades de Facturación Prevalorada, Computarizada, Oficina Virtual, Electrónica Web o Electrónica por Ciclos.
- En las operaciones de venta por comercio electrónico sin intermediarios, el vendedor a momento de la entrega del bien o acto equivalente que suponga la transferencia de dominio. Estos contribuyentes deben entregar al comprador la Factura o Nota Fiscal emitida bajo las Modalidades de Facturación Computarizada, Electrónica Web o Electrónica por Ciclos.
- Alquiler de Bienes Inmuebles.
- Operaciones de turismo receptivo (Hoteles y similares) conforme lo dispuesto en el Artículo 30 de la Ley N° 292 de fecha 25 de septiembre de 2012 (Ley General de Turismo “Bolivia te espera”).
- Venta de Combustibles en Estaciones de Servicio.
- Prestación de servicios gravadas a Tasa Cero en el IVA. Por ejemplo en aplicación de la Ley N° 3249 Tasa Cero IVA Transporte Internacional de Carga por Carretera, Ley N° 366 del Libro y la Lectura “Oscar Alfaro”.
Nota: Cuando se presenten contingencias (ejemplo: cortes de suministro de energía eléctrica, cortes en transmisión de datos), los Sujetos Pasivos o Terceros Responsables que utilizaren Modalidades de Facturación, Computarizada, Electrónica, Electrónica Web y Oficina Virtual, extraordinariamente podrán utilizar la Modalidad de Facturación Manual previa dosificación en el SFV.
5 ¿Existe alguna restricción en el uso de la modalidad de Facturación Manual?
Si, no podrán utilizar esta modalidad de facturación:
- Los Sujetos Pasivos o Terceros Responsables que cuenten con tres (3) o más actividades económicas vigentes en el Padrón Nacional de Contribuyentes distintas a las de “Alquiler de Bienes raíces propios” o las comprendidas dentro del grupo de “Profesionales Independientes” u “Oficios”. Estos contribuyentes deben utilizar de manera obligatoria las Modalidades de Facturación Prevalorada, Computarizada, Oficina Virtual, Electrónica Web o Electrónica por Ciclos.
- Los Sujetos Pasivos o Terceros Responsables cuyo volumen de Facturación durante seis (6) periodos fiscales consecutivos del IVA no superen una (1) transacción por período fiscal mensual. Estos contribuyentes deben utilizar de manera obligatoria la Modalidad de Facturación Oficina Virtual, con excepción de contribuyentes que realizan “Oficios”, así como los que realicen únicamente alquiler de bienes inmuebles podrán utilizar optativamente esta modalidad.
- Los Sujetos Pasivos o Terceros Responsables independientemente de la Actividad Económica que realicen y cuya emisión durante un periodo fiscal del IVA sea superior a veinte mil (20.000) Facturas. Estos contribuyentes deben utilizar de manera obligatoria las Modalidades de Facturación Prevalorada, Computarizada, Electrónica Web o Electrónica por Ciclos.
- Los Sujetos Pasivos o Terceros Responsables independientemente de la actividad económica y cuyo
monto total de Facturación durante un periodo fiscal del IVA sea superior a Bs1.000.000.- (Un millón 00/100 Bolivianos). Estos contribuyentes deben utilizar de manera obligatoria las Modalidades de Facturación Prevalorada, Computarizada, Oficina Virtual, Electrónica Web o Electrónica por Ciclos.
- Los Sujetos Pasivos o Terceros Responsables que realizan exportación de mercancías. Estos contribuyentes deben utilizar las Modalidades de Facturación Computarizada, Oficina Virtual, Electrónica Web o Electrónica por Ciclos.
- Los Sujetos Pasivos o Terceros Responsables categorizados en el Padrón Nacional de Contribuyentes como Principales (PRICOS) y Grandes Contribuyentes (GRACOS). Estos contribuyentes deben utilizar las Modalidades de Facturación Prevalorada, Computarizada, Oficina Virtual, Electrónica Web o Electrónica por Ciclos.
- En las operaciones de venta por comercio electrónico sin intermediarios, el vendedor a momento de la entrega del bien o acto equivalente que suponga la transferencia de dominio. Estos contribuyentes deben entregar al comprador la Factura o Nota Fiscal emitida bajo las Modalidades de Facturación Computarizada, Electrónica Web o Electrónica por Ciclos.
6 ¿Cómo será la dosificación para esta modalidad?
La dosificación será por
cantidad, para 180 dias, (con fecha límite de emisión) pero esta cantidad
dependerá del Comportamiento del Contribuyente.
7 ¿Las Facturas Manuales llevan impreso el Código de Control y Código QR?
No, las Facturas Manuales no
llevan este dato.
8 ¿La modalidad de facturación manual tiene fecha límite de emisión?
Si, lleva preimpresa la fecha
límite, de 180 dias, en la Factura o Nota Fiscal, parte inferior derecha.
9 ¿Las Facturas deben ser pre impresas por una imprenta en la
facturación manual?
Sí, la impresión de las Facturas
debe ser realizada por una imprenta autorizada.
10 ¿Cuándo la imprenta concluya con la impresión de las Facturas debo
recoger y emitir las mismas?
Una vez concluidas las Facturas
Ud. debe revisar en forma minuciosa las mismas y comprobar que no ha existido
ninguna equivocación. Posteriormente la imprenta Activara sus Facturas, y le
entregara un Certificado de Activación.
11 ¿Cómo se Activa las Facturas en la facturación manual?
Las Facturas se activan cuando la
imprenta autorizada se conecta al Servicio de Impuestos a través de la Oficina Virtual - SFV y comunica la entrega de las Notas Fiscales al
Contribuyente.
Ver RND 10-0025-14
Por favor, me podrían indicar cuál es la normativa que indica que las facturas manuales pueden ser llenadas y emitidas por medios informáticos.
ResponderBorrarTengo entendido que las facturas emitidas por computadora deben llevar el código de control y el código QR.
Gracias anticipadas.
Saludos
Artículo 5 de la RND 10-0025-14 (Modalidades de Facturación).-
Borrara) Facturación Manual: Modalidad en la cual la información de la dosificación es pre impresa a través de imprentas autorizadas por la Administración Tributaria, previa solicitud de dosificación y la emisión de la Factura o Nota Fiscal puede realizarse en forma manuscrita o informática (ver Anexo N° 1).
Saludos-
Una pregunta disculpen compré una moto y me pidieron 6900 eso pague pero en la factura de la moto sale como 3900 por qué sale así la diferencia de dinero
ResponderBorrarReclama a tu vendedor, la factura debe ser emitida por el mismo valor de la compra. Saludos.
BorrarEN CASO DE LA RESTRICCIÓN DA FACTURACION MINIMA DE 1 POR MES DURANTE 6 MESES, COMO PUEDO VOLVER A RECUPERAR EL SISTEMA DE FACTURACIÓN MANUAL?? O COMO PUEDO JUSTIFICAR EL CONTINUAR USANDO LA FACTURACION MANUAL EN EL CASO DE QUE LA EMPRESA ES UNA CONSTRUCTORA
ResponderBorrarHola me prodrian decir cual es la diferencia entre factura manual y electronica?
ResponderBorrarEstimad@: La modalidad manual, es donde la información de la dosificación es pre impresa a través de imprentas autorizadas por la Administración Tributaria, previa solicitud de dosificación y la emisión de la Factura o Nota Fiscal puede realizarse en forma MANUSCRITA o INFORMÁTICA.
BorrarLa Modalidad electrónica es aquella que se emite en línea a través de internet. En nuestra normativa existe dos modalidades electrónicas, 1) Electrónica Web y 2) Electrónica por Ciclos. En los dos casos es necesario la conexión a internet. Para mas información lea la RND 10-0021-16.
Saludos.
Buenas tardes, cuál es la razón por la que un cliente me puede pedir dosificación de facturas de 2014???
ResponderBorrarEstimad@: No existe ninguna razón para que un cliente pueda pedirte dosificación de facturas. La única autorizada para solicitar este documento, es la Administración Tributaria (SIN).
BorrarSaludos.
Hola hay cantidad máxima o mínima para dosificar facturas manuales
ResponderBorrarMe podrian explicar sobre
ResponderBorrarRestriccion en el uso de la modalidad de facturacion manual
No podrán utilizar la modalidad de facturación manual:
Borrar- Los Sujetos Pasivos o Terceros Responsables que cuenten con tres (3) o más actividades económicas vigentes en el Padrón Nacional de Contribuyentes distintas a las de “Alquiler de Bienes raíces propios” o las comprendidas dentro del grupo de “Profesionales Independientes” u “Oficios”. Estos contribuyentes deben utilizar de manera obligatoria las Modalidades de Facturación Prevalorada, Computarizada, Oficina Virtual, Electrónica Web o Electrónica por Ciclos.
- Los Sujetos Pasivos o Terceros Responsables cuyo volumen de Facturación durante seis (6) periodos fiscales consecutivos del IVA no superen una (1) transacción por período fiscal mensual. Estos contribuyentes deben utilizar de manera obligatoria la Modalidad de Facturación Oficina Virtual, con excepción de contribuyentes que realizan “Oficios”, así como los que realicen únicamente alquiler de bienes inmuebles podrán utilizar optativamente esta modalidad.
- Los Sujetos Pasivos o Terceros Responsables independientemente de la Actividad Económica que realicen y cuya emisión durante un periodo fiscal del IVA sea superior a veinte mil (20.000) Facturas. Estos contribuyentes deben utilizar de manera obligatoria las Modalidades de Facturación Prevalorada, Computarizada, Electrónica Web o Electrónica por Ciclos.
- Los Sujetos Pasivos o Terceros Responsables independientemente de la actividad económica y cuyo
monto total de Facturación durante un periodo fiscal del IVA sea superior a Bs1.000.000.- (Un millón 00/100 Bolivianos). Estos contribuyentes deben utilizar de manera obligatoria las Modalidades de Facturación Prevalorada, Computarizada, Oficina Virtual, Electrónica Web o Electrónica por Ciclos.
- Los Sujetos Pasivos o Terceros Responsables que realizan exportación de mercancías. Estos contribuyentes deben utilizar las Modalidades de Facturación Computarizada, Oficina Virtual, Electrónica Web o Electrónica por Ciclos.
- Los Sujetos Pasivos o Terceros Responsables categorizados en el Padrón Nacional de Contribuyentes como Principales (PRICOS) y Grandes Contribuyentes (GRACOS). Estos contribuyentes deben utilizar las Modalidades de Facturación Prevalorada, Computarizada, Oficina Virtual, Electrónica Web o Electrónica por Ciclos.
- En las operaciones de venta por comercio electrónico sin intermediarios, el vendedor a momento de la entrega del bien o acto equivalente que suponga la transferencia de dominio. Estos contribuyentes deben entregar al comprador la Factura o Nota Fiscal emitida bajo las Modalidades de Facturación Computarizada, Electrónica Web o Electrónica por Ciclos.
Saludos
Qué problemas podría haber con una factura manual que en el NIT/CI le han puesto literal? (Ej. 7708911 SC; E-1258769)
ResponderBorrarQue es la factura manual
ResponderBorrarModalidad en la cual la información de la dosificación es pre impresa a través de imprentas autorizadas por la Administración Tributaria, previa solicitud de dosificación y la emisión de la Factura o Nota Fiscal puede realizarse en forma MANUSCRITA o INFORMÁTICA.
BorrarSaludos.
Puedo emitir una factura a nombre de otra persona que no está registrado dentro el contrato de compra venta y que seria necesario para hacerlo?
ResponderBorrarPor favor si podría indicarme como puedo llenar una factura con recargo..soy estudiante nueva en contabilidad y no comprendí ese tema..gracias
ResponderBorrarQue es una facturación manual quiero algún concepto
ResponderBorrar