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martes, 7 de mayo de 2013

CONOCIENDO LOS CERTIFICADOS DE DEVOLUCION IMPOSITIVA - CEDEIM 2da. Parte

SOLICITUDES DE DEVOLUCIÓN IMPOSITIVA – SDI


I. ASPECTOS GENERALES

Los EXPORTADORES reciben la devolución de los impuestos internos al consumo y los aranceles de importación, incorporados en los costos y gastos vinculados a la actividad exportadora, basados en el principio de la Neutralidad Impositiva cuya finalidad es la de garantizar la competitividad de las exportaciones.

Los impuestos y aranceles son devueltos a través del Certificado de Devolución Impositiva, CEDEIM, el cual se constituye en el mecanismo legal para la devolución de impuestos a los exportadores.

El Certificado de Devolución Impositiva (CEDEIM) es un título valor transferible por simple endoso, con vigencia indefinida y que puede ser utilizado por el tenedor final para el pago de cualquier tributo cuya recaudación este a cargo del Servicio de Impuestos Nacionales o la Aduana Nacional de Bolivia.

El CEDEIM por ser un título valor  puede ser descontado o transado en la Bolsa de Valores.

¿Quiénes pueden solicitar CEDEIM?

jueves, 18 de noviembre de 2010

REGLAMENTO PARA LA DEVOLUCIÓN DE IMPUESTOS A LAS EXPORTACIONES

DECRETO SUPREMO No. 25465
23/08/1999
REGLAMENTO PARA LA DEVOLUCIÓN DE IMPUESTOS A LAS
EXPORTACIONES
HUGO BANZER SUAREZ
PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA

ARTICULO 1º.- OBJETO Y ÁMBITO. El presente Decreto Supremo establece las normas reglamentarias de la devolución de impuestos a las exportaciones, en cumplimiento delprincipio de neutralidad impositiva establecido en las normas de la Ley Nº 843 (Texto Compendio Normativo Ordenado Vigente) y de la Ley Nº 1489 de 16 de abril de 1993 (Ley de Desarrollo yTratamiento Impositivo de las Exportaciones) y las modificaciones efectuadas mediante LeyNº 1963 de 23 de marzo de 1999.

Las normas de este Decreto Supremo se aplicarán a la devolución del Impuesto al Valor Agregado (IVA), del Impuesto a los Consumos Específicos (ICE) y del GravamenArancelario Consolidado (GAC), a las exportaciones no tradicionales, así como a las exportaciones realizadas por el sector minero metalúrgico.

lunes, 15 de noviembre de 2010

CONOCIENDO LOS CERTIFICADOS DE DEVOLUCION IMPOSITIVA - CEDEIM 1ra. Parte

LO MAS BÁSICO DE CONOCER CEDEIM

¿Qué es el CEDEIM?

Denominación usada para el Certificado de Devolución Impositiva que se otorga a los exportadores, por concepto de devolución de los impuestos cancelados en el proceso de producción de bienes exportados.

Normativa: Artículo 4, Decreto Supremo Nº 23574
Vigencia: De 29 de Julio de 1993

¿El Certificado de Crédito Fiscal, sustituye a los CEDEIM`s?

El Certificado de Crédito Fiscal no reemplaza a los CEDEIM´s, los cuales seguirán tramitándose de acuerdo con lo establecido en el Decreto Supremo Nº 25465.

Normativa: Art. 7, Resolución Normativa de Directorio Nº 10-0007-03
Vigencia: De 4 de junio de 2003

¿Qué se devuelve en Cedeim del IVA?

Se devuelve el crédito fiscal IVA correspondiente a los costos y gastos por concepto de importaciones definitivas o compras de bienes en el mercado interno, incluyendo bienes de capital, activos fijos, contratos de obras o prestacion de servicios, vinculados a la actividad exportadora. tambien se devuelve el G.A. de acuerdo a la monenclarua NANDINA, y el ICE.

Normativa: Art. 3 D.S. 25465
Vigencia: Desde el 22 de julio de 1999
Normativa: Resolución Normativa de Directorio 10-0004-04
Vigencia: Desde el 23 de Enero de 2004

¿Qué documentos debo presentar para recoger los valores CEDEIM?

Para recoger los valores CEDEIM, el exportador debe entregar los siguientes documentos:

a) Carte de Porte, Guía Aérea con sello de Aduana de Salida, Manifiesto de Carga con cruce de frontera o conocimiento marítimo para la Hidrovía.
b) Los exportadores de minerales deberán presentar además los resultados del análisis de laboratorio realizados en el país, en forma previa a la exportación, por empresa acreditadas por el Insituto Boliviano de Normalización y Calidad (IBNORCA)
c) La Boleta de garantía por el 100% del valor del CEDEIM por los Impuestos al Valor Agregado y Consumos Específicos con validéz de 120 días calendario a partir de la fecha de la entrega del CEDEIM
d) Para la emisión de valores bajo la modalidad de Fiscalización Previa, copia del informe de resultados emitido por la Fiscalización

Normativa: Art. 14, Resolución Normativa de Directorio Nº 10-0004-03
Vigencia: De 11 de marzo de 2003

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