lunes, 21 de octubre de 2019

DECLARACIÓN JURADA DEL FORMULARIO 701 V.3 Y TRÁMITE DEL CERTIFICADO DE NO IMPONIBILIDAD RAU FORMULARIO 280 V.3

Recordemos que el Decreto Supremo Nº 24463 de 27 de diciembre de 1996 establece un Régimen Agropecuario Unificado (RAU) para la liquidación y pago anual simplificado de los Impuestos: al Valor Agregado (IVA), a las Transacciones (IT), sobre las Utilidades de las Empresas (IUE) y Régimen Complementario al Impuesto al Valor Agregado (RC-IVA), por parte de los sujetos pasivos o terceros responsables que realicen actividades agrícolas o pecuarias.

Mediante Resolución Normativa de Directorio (RND) Nº 101800000022 de 28 de septiembre de 2018, el Servicio de impuestos Nacionales (SIN) aprueba los Formularios 701 V.3 (DD.JJ. del RAU) y 280 V.3 (Certificado de No Imponibilidad RAU) y habilita la generación a través de la Oficina Virtual del Contribuyente, Plataformas de las Dependencias Operativas y Colecturías habilitadas por el SIN. Asimismo, simplifica el trámite de solicitud del Certificado de No Imponibilidad.

Procedimiento de obtención del Formulario 701 V.3 Régimen Agropecuario Unificado RAU.


 


El Sujeto Pasivo o Tercero Responsable deberá obtener el Formulario 701 V.3  prellenado, siguiendo el procedimiento descrito a continuación:

1.  A través de la Oficina Virtual

a) Ingresar a la página Web del SIN (www.impuestos.gob.bo).
b) Hacer click en el ícono de la Oficina Virtual.
c) Hacer click en “Padrón Biométrico Digital” de la opción “Portal de Trámites Tributarios” del “Portal Servicio al Contribuyente”.
d) Ingresar NIT, Usuario, Contraseña y Código Captcha.
e) Una vez ingresado, seleccionar la opción “Generación del Formulario 701 V.3 RAU”.
f) Ingrese la gestión, para que el sistema despliegue la información de las propiedades registrados.
g) Seleccionar el predio y digitar “Generar Formulario”, para desplegar el formulario.
h) Seleccionar el Departamento y Municipio donde se encuentra la propiedad.
i) Registrar la cantidad de hectáreas de “Área No Aprovechable”, sólo en caso de corresponder (actividad agrícola y/o pecuaria).
j) Digitar “Guardar” e “Imprimir Formulario Preliminar” solo en caso de que se requiera (opcional la impresión).
k) Digitar “Generar Formulario Definitivo”.
l) Digitar “Imprimir Formulario Definitivo”, documento con el cual el sujeto pasivo debe apersonarse a cualquier Entidad Financiera autorizada.

2. A través de Plataformas de Recaudación y Empadronamiento

El Sujeto Pasivo o Tercero Responsable, deberá presentarse con su documento de identificación vigente (original) en Plataformas de Recaudación y Empadronamiento del Servicio de Impuestos Nacionales, a estos efectos, las Dependencias Operativas tendrán habilitado el acceso a la opción de “Generación del Formulario 701 V.3 RAU”, en la Oficina Virtual.

3. A través de Colectores RAU

El Sujeto Pasivo o Tercero Responsable, deberá presentarse con su documento de identificación vigente (original) ante el Colector del Régimen Agropecuario Unificado de su jurisdicción asignada (Ejemplo: ANAPO), contratado por el Servicio de Impuestos Nacionales, quien a este efecto tendrá habilitado el acceso a la opción de “Generación del Formulario 701 V.3 RAU” en la Oficina Virtual.

Procedimiento de Solicitud de Certificado de No Imponibilidad RAU


El titular de la pequeña propiedad deberá solicitar el “Certificado de No Imponibilidad RAU” en Plataforma de Recaudación y Empadronamiento de las Gerencias Distritales, Agencias Tributarias y/o Agencias Distritales o Colectores RAU autorizados por el Servicio de Impuestos Nacionales, la solicitud será generada a través de la Oficina Virtual, de acuerdo al siguiente procedimiento:

a) Ingresar a la página web de la Administración Tributaria www.impuestos.gob.bo,
b) Ingresar a la Oficina Virtual,
c) Ingresar al “Padrón Biométrico Digital”,
d) Seleccionar la opción “Solicitud Certificación de Certificado de No Imponibilidad RAU”, debiendo ingresar la información del solicitante y del predio,
e) Presionar “Guardar” e “Imprimir” el “Formulario 280 V.3 Solicitud del Certificado de No Imponibilidad RAU”, documento con el cual debe apersonarse a Plataforma de Recaudación y Empadronamiento con los requisitos.
f) Firmar y aclarar firma en el documento

Una vez generada la solicitud, el Sujeto Pasivo o Tercero Responsable podrá apersonarse a Plataforma de Recaudación y Empadronamiento con los requisitos establecidos en la presente Resolución a fin de obtener el “Certificado de No Imponibilidad RAU”. Verificado el cumplimiento de los requisitos establecidos en la presente Resolución, la Administración Tributaria emitirá el “Certificado de No Imponibilidad RAU” con las firmas y sellos del funcionario actuante y del Jefe de Departamento de Recaudación y Empadronamiento o responsables de las Dependencias Operativas.


Alternativamente, el solicitante podrá apersonarse ante el Colector del Régimen Agropecuario Unificado con los requisitos establecidos a fin de obtener el “Certificado de No Imponibilidad RAU”, verificado el cumplimiento de los requisitos establecidos en la presente Resolución recepcionará la solicitud y la presentará al Departamento de Recaudación y Empadronamiento de la Gerencia Distrital para la respectiva verificación y emisión del “Certificado de No Imponibilidad RAU”, con las firmas y sellos del funcionario actuante y del Jefe de Departamento de Recaudación y Empadronamiento.

Plazo para el trámite del “Certificado de No Imponibilidad RAU”
                                                                                     
El “Certificado de No Imponibilidad RAU” se tramita anualmente, teniendo como fecha de inicio de tramitación, aquella en la que entra en vigencia la Resolución Normativa de
Directorio que Actualiza la Cuota Fija por Hectárea RAU y como fecha límite de tramitación el vencimiento del plazo establecido para la presentación de Declaraciones Juradas y pago de obligaciones tributarias del RAU. Posterior a este plazo se incurrirá en contravención tributaria conforme a lo establecido en el Artículo 162 de la Ley Nº 2492, Código Tributario Boliviano y normativa vigente (Conforme la RND10-0033-16, la multa es de 50 UFVs).

Requisitos para la Tramitación del Certificado de No Imponibilidad RAU

1. Título de propiedad, o documento legal que demuestre su derecho a usufructo emitido por autoridad competente (original y fotocopia), en caso de no contar con el documento de Propiedad, se podrá presentar un Certificado de posesión otorgado por la Máxima Autoridad de la Comunidad, Organización Social o Entidades Civiles sin fines de lucro a la que pertenece, legalmente reconocida, que certifique:

a) La ubicación del predio (Departamento, Provincia, Municipio y Localidad).
b) Denominación del Predio.
c) El nombre completo del beneficiario.
d) La superficie.
e) La actividad económica desarrollada.
f) Lugar y fecha de emisión del Certificado.

El documento que se presenta debe estar firmado y sellado con el nombre y cargo de la
Máxima Autoridad de la Comunidad o el Representante Máximo de la Organización o
Entidades Civiles sin fines de lucro. Asimismo, debe presentarse la fotocopia del documento que certifique la legalidad de la Comunidad, Organización o Entidad Civil otorgada por la Gobernación u otra entidad competente según la jurisdicción del predio. (Personería Jurídica, Acta de Asamblea, Constitutiva o documento de identidad de la Máxima Autoridad)

2. Documento de identidad vigente del pequeño propietario (original y fotocopia).

3. En el caso de presentar la solicitud fuera del plazo establecido en el presente Artículo, se debe adjuntar a la documentación, fotocopia de la Boleta de Pago 1000, correspondiente al pago de la sanción.

Otros requisitos para el trámite del Certificado de No Imponibilidad RAU

Excepcionalmente, para los siguientes casos, se podrá presentar los siguientes documentos que tendrán validez para la tramitación de la gestión vigente:

1. Fallecimiento del propietario del predio; en este caso, deben presentarse los siguientes documentos:

a) Certificado de Defunción del propietario (original y fotocopia para su verificación), válida para la gestión vigente del Certificado de No Imponibilidad RAU solicitado.
b) Documento de identidad vigente de la conyugue (original y fotocopia para su verificación), o presuntos herederos (declaratoria de herederos o documento que demuestre la legitimación del presente caso).

2. Propietarios menores de edad y personas mayores de edad incapaces física y/o mentalmente que no cuenten con el título de propiedad del predio pero éste se encuentre en proceso de regularización de titulación; en este caso, deben presentar los siguientes documentos:

a) Documento público que exprese específicamente la representación legal para realizar dicha tramitación emitida por la autoridad competente (original).
b) En caso de que el menor de edad este bajo la potestad de los padres, estos podrán requerir dicha solicitud acompañando el certificado de nacimiento (original).
c) Documento de identidad vigente del tutor o apoderado (original y fotocopia)
d) Documento de identidad vigente del solicitante (original y fotocopia para su verificación).

3. Contratos de comodato; deben presentar los siguientes documentos:

a) El documento ante Notario de Fe Pública, que legalice el acto y las firmas (Reconocimiento de firmas), vigente en la gestión por la cual se está solicitando la certificación de no imponibilidad (Original y fotocopia).
b) Documento de identidad vigente del solicitante (Original y fotocopia).

Otros Casos Especiales

1. Propietarios con más de una propiedad; pueden realizar la tramitación del Certificado de No Imponibilidad RAU, cuando la sumatoria de todos los predios no superen la extensión mínima establecida para el registro en el RAU, conforme a lo establecido en el Anexo I del Decreto Supremo Nº 24463 y mientras no se practique parcial o totalmente las actividades de avicultura, apicultura, floricultura, cunicultura y piscicultura en cualquiera de ellos.

2. Propietarios (Personas Naturales) con NIT registrados en el Régimen General, pueden realizar la tramitación del Certificado de No Imponibilidad RAU, siempre y cuando, en la pequeña propiedad no se practiquen las actividades señaladas en el Artículo 3 del Decreto Supremo Nº 24463 y se verifique que su NIT se encuentre en estado “Inactivo” a la fecha de tramitación y por los periodos solicitados.

3. Propietarios (Personas Naturales) con NIT registrado en Régimen Tributario Simplificado - RTS o Sistema Tributario Integrado –STI; podrán realizar la solicitud del Certificado de No Imponibilidad RAU, siempre y cuando, en la pequeña propiedad no se practiquen las actividades señaladas en el Artículo 3 del Decreto Supremo Nº 24463 y se verifique que a la fecha de tramitación y por los periodos solicitados se encuentren en los regímenes especiales señalados.

4. Contribuyentes registrados en el Régimen Agropecuario Unificado con estado Activo, no podrán realizar la tramitación del Certificado de No Imponibilidad RAU.

Copia del Certificado de No Imponibilidad RAU

El titular de la pequeña propiedad podrá solicitar la copia del “Certificado de No Imponibilidad RAU”, a través de las siguientes opciones:

1. Oficina Virtual
a) Ingresar a la página web de la Administración Tributaria www.impuestos.gob.bo,
b) Ingresar a la Oficina Virtual,
c) Ingresar al “Padrón Biométrico Digital”,
d) Seleccionar la opción “Copia de Certificado de No Imponibilidad RAU”, debiendo ingresar los siguientes criterios:
i. Número de documento de identificación,
ii. Código de “Certificado de No Imponibilidad RAU”.
e) Hacer click en el botón “Consultar”, se abrirá una ventana emergente con una vista previa de la certificación para su impresión y hacer click en “Imprimir”.

2. Plataforma de Recaudación y Empadronamiento

El solicitante podrá solicitar la copia del “Certificado de No Imponibilidad RAU”, en Plataforma de Recaudación y Empadronamiento de las Gerencias Distritales, Agencias Tributarias y Agencias Distritales, portando su documento de identificación vigente.
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Enlaces de Interés:

Dudas Régimen Agropecuario Unificado – RAU



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