En
consideración del Decreto Supremo N° 4214 de 14 de abril de 2020, donde el
Gobierno Central, ante la situación de
fuerza mayor que vive el país desde el
22 de marzo de 2019 por el COVID-19 ha ampliado la cuarentena total hasta el 30
de abril de 2020, ante esta situación, el Servicio de Impuestos Nacionales
(SIN) emitió la RND N° 102000000009 de prórroga de obligaciones tributarias.
La
RND N° 102000000009 emitida el 16 de abril de 2020, establece:
Prorrogar
excepcionalmente hasta el 20 de junio 2020, la presentación al empleador del
FORM-110 v.3 de los Sujetos Pasivos del RC-IVA Dependientes, tanto de
instituciones públicas y privadas, por los periodos abril y mayo 2020, conforme
a procedimiento establecido.
En
caso de que como consecuencia de lo Dispuesto en el Artículo 1 de la presente
Resolución, el sujeto pasivo mantenga saldos a favor del fisco por los períodos
abril y/o mayo de 2020, estos serán retenidos de su haber correspondiente al
mes de junio de 2020, lo que deberá constar en la planilla tributaria
consolidada a junio 2020.
Los
sujetos pasivos del Impuesto al Valor Agregado e Impuesto a las Transacciones, podrán
presentar solicitud de Facilidades de Pago a través de la Oficina Virtual,
mediante el Formulario 8000, que tendrá vigencia hasta el 29 de mayo de 2020,
plazo en el que deberá proceder al pago de la cuota inicial y la presentación
de garantías. La formalización de la solicitud de Facilidades de Pago deberá
realizarse hasta el 10 de junio de 2020 en plataforma de Recaudación de la
Gerencia de su jurisdicción.
Además
en sus disposiciones transitorias establece:
Prorrogar
hasta el 12 de junio de 2020, el plazo para la presentación física y digital de
Estados Financieros, Memoria Anual, Información Tributaria Complementaria e
información de Precios de Transferencia, a través de los Formularios
electrónicos 605 y 601, según corresponda, por los sujetos pasivos o terceros
responsables del Impuesto sobre las Utilidades de las Empresas – IUE, que
realizan actividades con cierre de gestión al 31 de diciembre de 2019.
Prorrogar
hasta el 12 de junio de 2020, el vencimiento para el pago de cuotas de planes
de facilidades de pago que fenecerán el 30
de abril y el 29 de mayo del año en curso.
Prorrogar
hasta el 29 de mayo de 2020, el plazo para la presentación de Solicitudes de
Devolución Impositiva (CEDEIM) con vencimientos en marzo y abril de 2020.
Prorrogar
hasta el 29 de mayo de 2020, el plazo para la presentación de Solicitudes de
Certificados de Notas de Crédito Fiscal (CENOCREF) por concepto de la Ley Nº
1886, con vencimientos en marzo y abril de 2020.
Prorrogar
hasta el 11 de junio de 2020 las obligaciones del Régimen Tributario Simplificado
de los bimestres enero y febrero y, marzo y abril de 2020.
Prorrogar
hasta el 29 de mayo de 2020 el plazo para el recojo de Títulos Valores (CEDEIM),
cuyos vencimientos se hubieran producido entre el 23 de marzo de 2020 y la
fecha en que culmine la suspensión de actividades públicas y privadas por la
cuarentena total nacional.
Prorroga
hasta el 29 de mayo de 2020 el plazo para el recojo de Títulos Valores (CENOCREF)
Ley N° 1886, cuyos vencimientos se hubieran producido entre el 23 de marzo de 2020
y la fecha en que culmine la suspensión de actividades públicas y privadas por
la cuarentena total nacional.
Prorroga
el plazo para el envío de la Planilla Tributaria v.2 correspondiente a los
periodos abril y mayo 2020 consolidada al mes de junio.
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