martes, 9 de abril de 2019

TODO LO QUE TIENE QUE SABER PARA PRESENTAR LOS ESTADOS FINANCIEROS, MEMORIA ANUAL E INFORMACIÓN TRIBUTARIA COMPLEMENTARIA A TRAVÉS DEL APLICATIVO "SIAT DESKTOP"

SEPARATA – PRESENTACIÓN DE EE.FF. Y DE ITC EN FÍSICO Y DIGITAL
 SEPARATA


TUTORIAL - APLICATIVO "SIAT DESKTOP" CONTRIBUYENTES CON EE.FF.


TIPS DE AYUDA





7 comentarios :

  1. Osea si tengo ingresos brutos 1.200.000.- o mayor en el 2018 y las gestiones 2019 y 2020 no alcanzan esos ingresos, ¿hasta cuando tengo que presentar mis EEFF con Auditoria externa?

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    Respuestas
    1. Estimado; el Artículo 4 numeral III de la RND N° 101800000004, modificado por la RND 101800000010, es claro; y menciona:

      "Adquirida la obligación de presentación de Estados Financieros o Memoria Anual y los documentos correspondientes en una gestión, ésta subsistirá hasta la siguiente gestión en que no se hubieran alcanzado los límites establecidos en los parágrafos I y II del presente Artículo".

      Ejemplo; si en la gestión 2018 adquiriste la obligación de presentación de Estados Financieros o Memoria Anual y los documentos correspondientes, debido a que tus ingresos fueron iguales o superiores a Bs. 1.200.000,00. En la gestión 2019 subsistirá dicha obligación si esque tus ingresos brutos no superan los Bs. 1.200.000,00.

      Saludos.

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    2. Y la Gestion 2020 se hacen o ya no, por que mi duda es que si el 2019 no alcanza(1200000)esa gestion no se hace, pero subsiste a la siguiente Gestion (2020)"ésta subsistirá hasta la siguiente gestión (2020) en que no se hubieran alcanzado (2019) los límites establecidos en los parágrafos I y II del presente Artículo"
      esta bien interpretado asi
      Osea
      2018 alcanza 1200000 (obligacion Aud. externa)
      2019 No alcanza 1200000 Gestion en que alcannzan los limites
      2020 Siguiente gestion de la 2019 que no alcanzan los,limites

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    3. Estimado, confirmo la respuesta anterior.
      La interpretación que usted realiza es forzado. Si usted no está de acuerdo con mi respuesta a la consulta, favor le sugiero realizar su consulta a Impuestos Nacionales.
      Saludos.

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    4. Muchas gracias por su respuesta, esa era mi interpretacion y consulte en impuestos y me dijeron que me base en la norma

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  2. gracias por la informacion

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