miércoles, 24 de abril de 2019

PRÓRROGA PARA LA PRESENTACIÓN DIGITAL DE ESTADOS FINANCIEROS, MEMORIA ANUAL, INFORMACIÓN TRIBUTARIA COMPLEMENTARIA Y ESTUDIO DE PRECIOS DE TRANSFERENCIA CON CIERRE AL 31 DE DICIEMBRE DE 2018


El Servicio Impuestos Nacionales (a razón de realizar cambios y mejoras en la infraestructura tecnológica de sus sistemas informáticos y a efecto de garantizar el correcto cumplimiento de las obligaciones tributarias de los contribuyentes) prorrogó el plazo para la presentación digital de Estados Financieros, Memoria Anual, Información Tributaria Complementaria y Estudio de Precios de Transferencia que requieren ser presentados a la Administración Tributaria por los sujetos pasivos o terceros responsables del Impuesto sobre las Utilidades de las Empresas (IUE), que realizan actividades con cierre de gestión al 31 de diciembre de 2018.

En fecha 23 de abril de 2019, el SIN emitió la RND N° 101900000007, que en su artículo único establece: Se prorroga hasta el 31 de mayo de 2019, el plazo para la presentación digital de Estados Financieros, Memoria Anual, Información Tributaria Complementaria y Estudio de Precios de Transferencia, a través de los formularios electrónicos 605 y 601 según corresponda, que requieren ser presentados a la Administración Tributaria por los sujetos pasivos o terceros responsables del Impuestos sobre las Utilidades de las Empresas – IUE, que realizan actividades con cierre de gestión al 31 de diciembre de 2018”.


Ojo, la prórroga es para la presentación digital (no físico) de EE.FF., Memoria Anual, Información Tributaria Complementaria (ITC) y Estudio de Precios de Transferencia (EPT) y no así para la Declaración Jurada del Impuesto a las Utilidades de las Empresas (IUE) formulario 500, misma que debería ser declarada hasta este 30 de abril de 2019 para los contribuyentes con cierre de gestión al 31 de diciembre de 2018.

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RESOLUCIÓN NORMATIVA DE DIRECTORIO N° 101900000007

PRÓRROGA PARA LA PRESENTACIÓN DIGITAL DE ESTADOS FINANCIEROS, MEMORIA
ANUAL, INFORMACIÓN TRIBUTARIA COMPLEMENTARIA Y ESTUDIO DE PRECIOS DE
TRANSFERENCIA CON CIERRE AL 31 DE DICIEMBRE DE 2018
La Paz, 23 de abril de 2019

VISTOS Y CONSIDERANDO:

Que el Artículo 64 de la Ley Nº 2492 de 2 de agosto de 2003, Código Tributario Boliviano, establece que la Administración Tributaria se encuentra facultada para emitir normas administrativas de carácter general a los efectos de la aplicación de la normativa tributaria.

Que conforme lo dispuesto en el Numeral 7 del Artículo 66 de la Ley Nº 2492 de 2 de agosto de
2003, Código Tributario Boliviano, la Administración Tributaria puede disponer fundadamente prórrogas.

Que mediante Resolución Normativa de Directorio Nº 101800000004 de 02 de marzo de 2018, el
Servicio de Impuestos Nacionales reglamentó la forma, medios y plazos para la presentación física y digitalizada a la Administración Tributaria de los Estados Financieros, Dictamen de Auditoria Externa, Dictamen Tributario, Informe de Procedimientos Mínimos Tributarios, Información Tributaria Complementaria y/o Memoria Anual, de los sujetos pasivos o terceros responsables del Impuesto sobre las Utilidades de las Empresas (IUE).

Que ante la necesidad de realizar cambios y mejoras en la infraestructura tecnológica del Servicio de Impuestos Nacionales y a efectos de garantizar el correcto cumplimiento de las obligaciones tributarias de los contribuyentes, es necesario prorrogar la presentación digital de Estados Financieros, Memoria Anual, Información Tributaria Complementaria y Estudio de Precios de Transferencia.

Que conforme al Inciso p) del Artículo 19 del Decreto Supremo Nº 26462 de 22 de diciembre de 2001, Reglamento de aplicación de la Ley Nº 2166 del Servicio de Impuestos Nacionales, el Presidente Ejecutivo en uso de sus atribuciones y en aplicación del Inciso a) del Numeral 1 de la Resolución Administrativa de Directorio Nº 09-0011-02 de 28 de agosto de 2002, se encuentra autorizado a suscribir Resoluciones Normativas de Directorio.

POR TANTO:

El Presidente Ejecutivo a.i. del Servicio de Impuestos Nacionales, en uso de las facultades conferidas por el Artículo 64 de la Ley N° 2492 de 2 de agosto de 2003, Código Tributario Boliviano, y las disposiciones precedentemente citadas,

RESUELVE:

Artículo Único.- Se prorroga hasta el 31 de mayo de 2019, el plazo para la presentación digital de Estados Financieros, Memoria Anual, Información Tributaria Complementaria y Estudio de Precios de Transferencia, a través de los formularios electrónicos 605 y 601 según corresponda, que requieren ser presentados a la Administración Tributaria por los sujetos pasivos o terceros responsables del Impuestos sobre las Utilidades de las Empresas – IUE, que realizan actividades con cierre de gestión al 31 de diciembre de 2018.

DISPOSICIÓN FINAL

Única.- La presente Resolución Normativa de Directorio entrará en vigencia a partir de su publicación.

Regístrese, publíquese y cúmplase.

Lic. V. Mario Cazón Morales
Presidente Ejecutivo a.i.
Servicio de Impuestos Nacionales

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