lunes, 17 de septiembre de 2018

COMPRAS VINCULADAS A LA ACTIVIDAD GRAVADA DEL SECTOR TRANSPORTE INTERDEPARTAMENTAL E INTERNACIONAL DE PASAJEROS Y CARGA

Recordemos, el Servicio de Impuestos Nacionales - SIN (Previo acuerdo con los transportistas), emitió la Resolución Normativa de Directorio  N° 10-0019-16 de 28 de junio de 2016 (Publicada en fecha 29/06/2016) con el objeto de establecer las compras, adquisiciones o importaciones definitivas, contratos de obras o servicios y toda otra prestación o insumo de cualquier naturaleza que se consideran vinculadas con la actividad del transporte interdepartamental e internacional de pasajeros y carga, para ser computadas como Crédito Fiscal en la determinación del Impuesto al Valor Agregado. La citada Resolución alcanza a todos los sujetos pasivos del Impuesto al Valor Agregado (IVA) del sector de transporte interdepartamental e internacional de pasajeros y carga, se excluye a las personas naturales que pertenecen al Sistema Tributario Integrado (STI).

Las compras vinculadas a la actividad gravada del transporte interdepartamental e internacional de pasajeros y carga, son las siguientes:


El análisis de cada uno de estos conceptos en el siguiente Link:

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