viernes, 17 de agosto de 2018

ANTEPROYECTO DEL PERDONAZO TRIBUTARIO


Página Siete explica en esta nota y gráfica los principales casos en los que se pueden beneficiar todas las empresas, personas naturales e incluso quienes descargan el RC-IVA (ver gráfica).

El requisito principal es que se reconozca la deuda.

El viceministro de Política Tributaria, Jhonny Morales, informó anoche en una entrevista con ATB (16/08/2018) que se espera que en el programa se inscriban unos 80.000 contribuyentes con deudas.

También se tiene la expectativa de que se pueda recuperar entre 3.000 y 3.500 millones de bolivianos de la mora que llega a 29.900 millones de bolivianos.

Por ejemplo, quienes cancelen la deuda hasta el 31 de octubre, recibirán el perdón del 100% de los intereses acumulados y una rebaja de 95% en multas. Si lo hacen hasta el 31 de enero de 2019, tienen el mismo beneficio, pero el perdón a la multa será de 90%.

También hay la posibilidad de acogerse a un plan de pagos con una reducción de 80% en las multas, y no se pagan intereses.

Para quienes son sujetos del RC-IVA, existe la opción de un pago del 4% al contado por única vez sobre los ingresos percibidos en los últimos 12 meses.

El perdonazo aplica a deudas en impugnación o hasta antes de la adjudicación de bienes en proceso de ejecución tributaria o cobranza coactiva.

Incluso están habilitados aquellos que se hubiesen acogido a programas anteriores con facilidades de pago y que no lograron cumplir.

Sin embargo, el proyecto de ley estipula que si el contribuyente tiene procesos administrativos en impugnación administrativa o judicial, primero debe presentar desistimiento.

El documento aclara que el incumplimiento de las facilidades de pago dará lugar a la pérdida de todos los beneficios.

Fuente: Página Siete

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