El 19 de agosto el Gabinete aprobó el Decreto
Supremo 2491 que introduce ajustes al Régimen Complementario al Impuesto al
Valor Agregado (RC-IVA.
El artículo único del decreto señala que se
modifica el numeral 2 del inciso c) del artículo 8 del Decreto Supremo 21531 de
febrero de 1987, con el siguiente texto:
"El equivalente a la alícuota correspondiente al IVA aplicada sobre el
monto de un Salario Mínimo Nacional, en compensación al IVA que se presume, sin
admitir prueba en contrario, corresponde a las compras que el contribuyente
hubiera efectuado en el período a sujetos pasivos de los regímenes tributarios
especiales vigentes, prohibidos de emitir facturas, notas fiscales o documentos
equivalentes”.
Susana Ríos, viceministra de Política Tributaria, mostró un cuadro de la aplicación de la norma.
"De un salario básico de 5.691 bolivianos se le resta el aporte a
seguridad social de 723 bolivianos (el 12,71%) lo que equivale a 4.968
bolivianos (tres salarios mínimos). Con este salario básico no se debe
presentar facturas”, dijo.
El ex presidente del Servicio de Impuestos
Nacionales (SIN), Roberto Ugarte, ratificó ayer que el cálculo se efectúa sobre
el sueldo neto (con los descuentos de ley), y, por lo tanto, quienes ganen por
encima de 4.968 bolivianos (tres salarios mínimos) estarán obligados desde 2016
a presentar facturas para no sufrir un descuento del 13%.
Ríos aclaró que estas modificaciones al
Decreto 21531 tienen fines administrativos y no buscan incrementar las
recaudaciones del RC-IVA ni el número de contribuyentes que actualmente
llega a aproximadamente 400.000 personas. "Quiero
aclarar que esta no es una medida recaudatoria, es una medida administrativa”,
remarcó la autoridad.
Disposición abrogada por D.S. N° 2620 de fecha 02/12/2015.
Muchas grácias por las noticias actualizadas
ResponderBorrarMuy buena información, pero si se aplica el 1 de diciembre oficialmente ya s deberia da a conocer. pero gracias por la actualizacion
ResponderBorrar