lunes, 15 de abril de 2013

DOCTRINA TRIBUTARIA NACIONAL (BOLIVIA)

Sistema de Información de Doctrina Tributaria
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Derecho tributario - Parte especial

Impuestos Internos

Requisitos de validez del Crédito Fiscal

Mediante Resoluciones Jerárquicas STG-RJ/0064/2005 de 23 de junio, STG-RJ/0489/2007 de 5 de septiembre, STG-RJ/0559/2007 de 5 de septiembre y STG-RJ/0058/2009 de 17 de febrero, entre otras, la Superintendencia Tributaria General (hoy Autoridad General de Impugnación Tributaria) estableció que para que el sujeto pasivo se beneficie con el crédito fiscal producto de las transacciones que declara, de conformidad a los arts. 4 y 8 de la Ley 843 y art. 8 del DS 21530 (Texto Ordenado 1995), se debe evidenciar que las mismas cumplan con los siguientes requisitos: 

1) La transacción debe estar respaldada con la factura, nota fiscal o documento equivalente original; 
2) Que se encuentre vinculada con la actividad gravada; y 
3) Que la transacción se haya realizado efectivamente.

Complementando el criterio se aclara que además de los requisitos referidos, el sujeto pasivo debe demostrar contablemente el ingreso y destino de las compras o adquisiciones, señalando y presentando la documentación contable que confirma el registro en libros diarios, mayores y Estados Financieros; consiguientemente el incumplimiento de uno o más de los requisitos dispuestos por ley, invalida el crédito fiscal acumulado, correspondiendo su depuración.


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