martes, 20 de noviembre de 2012

PRORROGA POR CENSO NACIONAL DE POBLACIÓN Y VIVIENDA 2012

  


Por Decreto Supremo Nº 1305 de 1 de agosto de 2012, y en cumplimiento a los siguientes Artículos  se establece:

Artículo 6°.- (Día del censo) 
I. Se fija el día miércoles 21 de noviembre de 2012, como fecha de empadronamiento del Censo Nacional de Población y Vivienda - 2012, a cargo del INE. 
II. En las áreas rurales con población dispersa, el empadronamiento se extenderá hasta el día viernes 23 de noviembre de 2012.


Artículo 7°.- (Suspensión de actividades y servicios) 
I. Con el propósito de garantizar el empadronamiento del Censo Nacional de Población y Vivienda - 2012, el día miércoles 21 de noviembre de 2012, se suspenden las actividades públicas y privadas en todo el territorio boliviano de horas 00:00 a horas 24:00, con excepción de los servicios de emergencia. Las autoridades departamentales dictarán autos de buen gobierno en coordinación con los Comités Departamentales Impulsores del Censo. 
II. El 21 de noviembre de 2012, queda prohibida la circulación vehicular así como el tránsito de personas, con excepción del equipo de empadronadores y personal de campo quienes deberán portar de forma visible su identificación, y de que quienes porten permisos especiales otorgados por el INE. 
En las fronteras internacionales, carreteras nacionales, departamentales, municipales y otros puestos de control, no se permitirá el tránsito de personas ni de vehículos; los servicios de transporte terrestre, ferroviario, lacustre, fluvial y aéreo, exceptuando vuelos internacionales, serán suspendidos durante toda la jornada. 
III. Las unidades educativas, universidades y todo centro educativo, público y privado suspenderán actividades el día martes 20 de noviembre de 2012, a fin de facilitar la planificación, organización de aspectos logísticos para la jornada de empadronamiento. En el área rural con población dispersa, los establecimientos educativos señalados suspenderán actividades durante los días de empadronamiento.


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