tag:blogger.com,1999:blog-713282032960861585.post3129875314478056083..comments2024-03-22T12:48:56.056-04:00Comments on Comunidad de contadores públicos autorizados (auditores): ÚLTIMA MODIFICACIÓN AL CÓDIGO TRIBUTARIO LEY 2492Unknownnoreply@blogger.comBlogger63125tag:blogger.com,1999:blog-713282032960861585.post-8351482833886033902017-02-17T23:18:39.923-04:002017-02-17T23:18:39.923-04:00El tributarista, mi consulta es la siguiente saqu...El tributarista, mi consulta es la siguiente saque Nit desde el 2007 pero a partir del 2010 ya no pague nada porque me fui a trabajar a provincia y ya no utilice más mi Nit de acuerdo a lo que leí debería multas de todos estos años?, y muchas gracias por este blog. Juanhttps://www.blogger.com/profile/07565826785726314227noreply@blogger.comtag:blogger.com,1999:blog-713282032960861585.post-51760702219795757312016-12-19T11:40:25.677-04:002016-12-19T11:40:25.677-04:00Estimada: En el caso especifico de Santa Cruz (no ...Estimada: En el caso especifico de Santa Cruz (no conozco de otros departamentos), el Decreto Departamental N° 233 814/05/2016) menciona: "ARTÍCULO 10 (MULTAS).- El incumplimiento en el pago del IDTGB en los plazos establecidos en el artículo anterior, generará en contra del sujeto pasivo una multa, en el monto y las condiciones previstas en el Código Tributario Boliviano.<br /><br />Ahora, El tributaristahttps://www.blogger.com/profile/15743125465017846401noreply@blogger.comtag:blogger.com,1999:blog-713282032960861585.post-85893335855397568682016-12-12T17:54:23.097-04:002016-12-12T17:54:23.097-04:00que pasa si presento fuera de plazo declartaciones...que pasa si presento fuera de plazo declartaciones juradas del IMPUESTO DEPARTAMENTAL DE TRANSMISIONES SUSESORIAS Y GRATUITAS Anonymoushttps://www.blogger.com/profile/00960745724455733276noreply@blogger.comtag:blogger.com,1999:blog-713282032960861585.post-10741281477835254142016-11-29T14:34:13.471-04:002016-11-29T14:34:13.471-04:00Estimad@: de acuerdo a la información que describe...Estimad@: de acuerdo a la información que describes, y considerando las normativa en vigencia en dichas gestiones todas tus obligaciones ya prescribieron. Ahora, aclarar, que la prescripción no se solicita, sino que por imperio de la Ley surte efecto como cosa juzgada. <br /><br />Saludos.<br />El tributaristahttps://www.blogger.com/profile/15743125465017846401noreply@blogger.comtag:blogger.com,1999:blog-713282032960861585.post-838783374943542002016-11-28T14:26:54.483-04:002016-11-28T14:26:54.483-04:00Estimado porfavor guieme con estas consultas. Teng...Estimado porfavor guieme con estas consultas. Tengo omision a la presentacion de declaracion jurada IUE 2008 con 0, esta prescribe?. Ademas tengo 6 declaraciones juradas del 2004 y 2005 con 0 fuera de plazo, estas han prescrito? Y por ultimo dos declaraciones juradas del 2007 con 0 y fuera de plazo han prescrito? Estoy inactivo pero quiero activarme ,primero sera bueno pedir prescripcion? Muchas Anonymousnoreply@blogger.comtag:blogger.com,1999:blog-713282032960861585.post-62817203067820002422016-10-07T09:46:29.068-04:002016-10-07T09:46:29.068-04:00Gracias por el aporte, compartimos el enlace de de...Gracias por el aporte, compartimos el enlace de descarga:<br /><a href="https://drive.google.com/uc?export=download&id=0B5-389WLrPlPWXpFcmROQkk3R2s" rel="nofollow">Descargar sentencias</a>El tributaristahttps://www.blogger.com/profile/15743125465017846401noreply@blogger.comtag:blogger.com,1999:blog-713282032960861585.post-20582513136408857502016-10-07T09:35:58.125-04:002016-10-07T09:35:58.125-04:00De acuerdo a la Nueva Ley 812 la prescripción es d...De acuerdo a la Nueva Ley 812 la prescripción es de 8 años, en ese sentido hasta la gestión 2007 toda información en materia tributaria ya prescrito, este año (2016) prescribe la gestión 2008. Este criterio aun se maneja en Impuestos Nacionales, sin embargo de acuerdo a las sentencias constitucionales, es errada esta interpretación, ya que el computo se cuenta hacia adelante. <br /><br />En tu El tributaristahttps://www.blogger.com/profile/15743125465017846401noreply@blogger.comtag:blogger.com,1999:blog-713282032960861585.post-58215826107970522622016-10-07T00:28:53.395-04:002016-10-07T00:28:53.395-04:00Las sentencias 39 y 47 ratifican que el computo de...Las sentencias 39 y 47 ratifican que el computo de las prescripciones son hacia adelante.<br /><br />https://drive.google.com/uc?export=download&id=0B5-389WLrPlPWXpFcmROQkk3R2s<br /><br />aqui en enlace de unas de las sentenciasAnonymousnoreply@blogger.comtag:blogger.com,1999:blog-713282032960861585.post-73704682319029276472016-10-03T09:52:33.764-04:002016-10-03T09:52:33.764-04:00Estimado: El tema de prescripciones esta todo engo...Estimado: El tema de prescripciones esta todo engorroso, sin embargo existe antecedentes de Sentencias que establecen que el computo de la prescripción es a partir de la vigencia de la normativa en cuestión. La Gestión 2011 estaba vigente la Ley 2492 (Código tributario) sin modificaciones y esta prescribe a los cuatro años, es decir la gestión 2011 ya prescribió en el 2015. La gestión 2012 El tributaristahttps://www.blogger.com/profile/15743125465017846401noreply@blogger.comtag:blogger.com,1999:blog-713282032960861585.post-22038989355376897172016-10-01T22:01:54.974-04:002016-10-01T22:01:54.974-04:00Una condulta porfavor si no realice la presentacio...Una condulta porfavor si no realice la presentacion de libros de compras de las gestionrs 2011 y 2012. La deuda a impuestos ya prescribio. Gracissmiohttps://www.blogger.com/profile/00260850526787482276noreply@blogger.comtag:blogger.com,1999:blog-713282032960861585.post-18725929354881024162016-09-21T11:45:35.325-04:002016-09-21T11:45:35.325-04:00Estimados: Mi persona se encuentra en Santa Cruz. ...Estimados: Mi persona se encuentra en Santa Cruz. Sin embargo puede enviarme la información a: c.auditoresycontadores@yahoo.com con copia a zperez1000@hotmail.com <br /><br />Resoluciones (Sentencias) emitidas en La Paz y Sucre.<br /><br />Saludos.El tributaristahttps://www.blogger.com/profile/15743125465017846401noreply@blogger.comtag:blogger.com,1999:blog-713282032960861585.post-62705677399001683562016-09-19T20:40:35.451-04:002016-09-19T20:40:35.451-04:00El tributarista, es de suma importancia su asesora...El tributarista, es de suma importancia su asesoramiento nosotros tenemos toda la documentación como le hacemos llegar o en que dirección lo buscamos personalmente, por favor lo requerimos porque nosotros ignoramos las normas. Anonymousnoreply@blogger.comtag:blogger.com,1999:blog-713282032960861585.post-75763753698336939422016-09-19T18:08:52.867-04:002016-09-19T18:08:52.867-04:00En teoría esas gestiones ya están prescritas. Sin ...En teoría esas gestiones ya están prescritas. Sin embargo, hay que tomar en cuenta las interrupciones a la prescripción. <br /><br />Para emitir un criterio válido, es necesario conocer su caso a mayor detalle. <br /><br />Saludos.El tributaristahttps://www.blogger.com/profile/15743125465017846401noreply@blogger.comtag:blogger.com,1999:blog-713282032960861585.post-69464777384627686812016-09-19T17:10:16.442-04:002016-09-19T17:10:16.442-04:00debemos impuestos municipales de las gestiones 199...debemos impuestos municipales de las gestiones 1996,997 y 1998 porque nos querian cobrar como casa y solo pagamos como terreno porque en esas gestiones estaba en construcción y nadia vivia, y seguimos un proceso judicial que ganamos en la ciudad de La Paz y el GMLP apelo a sucre y nos ganaron, tambien entra la precripcion de acuerdo a las Leyes 1340, 2492 y 812, por favor necesitamos saber Anonymousnoreply@blogger.comtag:blogger.com,1999:blog-713282032960861585.post-75802386962952231752016-08-25T08:49:40.946-04:002016-08-25T08:49:40.946-04:00Este comentario ha sido eliminado por el autor.El tributaristahttps://www.blogger.com/profile/15743125465017846401noreply@blogger.comtag:blogger.com,1999:blog-713282032960861585.post-33925412725514080242016-08-24T22:25:22.486-04:002016-08-24T22:25:22.486-04:00gracias por la información. quiero hacerle una pre...gracias por la información. quiero hacerle una pregunta. cuando las deudas de las gestiones 2004-2005-2006-2007-2008-2009-prescriben? le rogaría me informeAnonymousnoreply@blogger.comtag:blogger.com,1999:blog-713282032960861585.post-36058273910825269492016-07-01T18:08:05.295-04:002016-07-01T18:08:05.295-04:00En materia tributaria es otra la resposabilidad, y...En materia tributaria es otra la resposabilidad, y esta regulada por el Código Tributario. Respecto a los formularios 110 deben ser resguardados por el tiempo de prescripcion (10 años). El tributaristahttps://www.blogger.com/profile/15743125465017846401noreply@blogger.comtag:blogger.com,1999:blog-713282032960861585.post-6318727602025477762016-06-29T11:32:39.141-04:002016-06-29T11:32:39.141-04:00Estimado licenciado, soy servidor publico, y en mi...Estimado licenciado, soy servidor publico, y en mi fuente laboral existen demasiados descargos de formularios que presentaron mis colegas de hace muchos años, por motivos de espacio quisieramos botar los formularios 110, quisiera saber si hay la posibilidad ( por la ley de Marcelo Santa Cruz supuestamente no prescriben responsabilidades)en que parte de la ley dice.?? para poder mostrar mi Anonymousnoreply@blogger.comtag:blogger.com,1999:blog-713282032960861585.post-13708129587569317072016-05-31T17:06:20.431-04:002016-05-31T17:06:20.431-04:00Este comentario ha sido eliminado por el autor.Anonymoushttps://www.blogger.com/profile/13125984050946949586noreply@blogger.comtag:blogger.com,1999:blog-713282032960861585.post-61506913622656407212016-05-30T18:47:51.719-04:002016-05-30T18:47:51.719-04:00Estimad@: La gestión que mencionas (2007) esta en ...Estimad@: La gestión que mencionas (2007) esta en prescripción, sin embargo existen procedimientos que realiza el Servicio de Impuestos Nacionales para interrumpir la prescripción, uno de esos procedimientos es iniciar la verificación de tus impuestos notificandote (antes de la prescripción) con el Inicio de verificación Interna/Externa.<br /><br />Estimado, se tendría que realizar un análisis El tributaristahttps://www.blogger.com/profile/15743125465017846401noreply@blogger.comtag:blogger.com,1999:blog-713282032960861585.post-34876089253672941172016-05-30T16:10:05.281-04:002016-05-30T16:10:05.281-04:00Estimado tributarista, el 2007 hice apertura de mi...Estimado tributarista, el 2007 hice apertura de mi MIT como unipersonal, con la cual me adjudiqué una obra en la cual me fué muy mal por motivos de salud, sin embargo realicé la declaración impositiva en los formularios que corresponden pero sin importe por déficit financiero. mi intensión fue pagar una vez recuperado mi salud lo cual hasta la fecha me fue imposible pues sufro de una enfermedad Anonymousnoreply@blogger.comtag:blogger.com,1999:blog-713282032960861585.post-87088139826745127422016-05-24T10:43:49.364-04:002016-05-24T10:43:49.364-04:00Estimado: En tu caso, por el tiempo que estaba act...Estimado: En tu caso, por el tiempo que estaba activo tu NIT tenias la obligación de presentar tus declaraciones juradas del IVA, IT e IUE (aun si no facturaste, la obligación persiste), el no hacerlo genera multa. <br /><br />Respecto a la prescripción, la gestión 2011 aun no ha prescrito (prescribirá el 2021).<br /><br />Recomiendo que se apersone a Impuestos Nacionales para estar seguro si su El tributaristahttps://www.blogger.com/profile/15743125465017846401noreply@blogger.comtag:blogger.com,1999:blog-713282032960861585.post-57046746574022994822016-05-23T16:29:33.884-04:002016-05-23T16:29:33.884-04:00En 2011 hize la apertura de mi nit, no pedí la aut...En 2011 hize la apertura de mi nit, no pedí la autorización para dosificar es decir nunca hize imprimir un talonario de facturas y por ende nunca las emití, quisiera saber si tengo algún tipo de multa? Si mi nit esta inactivo? Si puedo beneficiarme con la prescripción?? Muchas gracias!!juampihttps://www.blogger.com/profile/16399905648945780763noreply@blogger.comtag:blogger.com,1999:blog-713282032960861585.post-45326170127744439282016-05-17T18:15:23.097-04:002016-05-17T18:15:23.097-04:00Estimado: Puedes hacer, cerciorarte que solo estas...Estimado: Puedes hacer, cerciorarte que solo estas compensando lo efectivamente pagado. El tributaristahttps://www.blogger.com/profile/15743125465017846401noreply@blogger.comtag:blogger.com,1999:blog-713282032960861585.post-61441278388514257602016-05-17T18:05:25.424-04:002016-05-17T18:05:25.424-04:00Mi estimado. Haber aclárame por favor, puedo pagar...Mi estimado. Haber aclárame por favor, puedo pagar en cuotas el IUE y compensar el monto efectivamente pagado? Debo ej. 12000 1er pago 4000 en abril puedo compensar en junio el importe que me alcance? en mayo 2do pago 4000 en julio puedo sumar si hay saldo de julio y compensar en ese periodo? <br />Muchas gracias.Jaimehttps://www.blogger.com/profile/09915215865725776543noreply@blogger.com