lunes, 27 de junio de 2016

FORMULARIOS RESUMIDOS IVA 200 E IT 400 - VERSIÓN 3

El Servicio de Impuestos Nacionales (SIN), mediante Resolución Normativa de Directorio Nº10-0018-16 de 24 de junio de 2016, aprobó los Formularios en Formato Versión 3 Resumido correspondiente al Impuesto al Valor Agregado – IVA Formulario 200 e Impuesto a las Transacciones – IT Formulario 400, a ser utilizados por los Contribuyentes del Régimen General clasificados como Resto, con las excepciones establecidas en dicha Resolución.

Anteriormente, mediante Resolución Normativa de Directorio Nº 10-0015-13 de 19 de abril de2013, modificada con la Resolución Normativa de Directorio Nº 10-0025-13 de fecha 28 de junio de 2013 y la Resolución Normativa de Directorio Nº 10-0002-14 de fecha 29 de enero de 2014, el Servicio de Impuestos Nacionales (SIN), aprobó los Formularios Versión 3 correspondientes al Impuesto al Valor Agregado – IVA Formulario 200 e Impuesto a las Transacciones – IT Formulario 400, a ser utilizados de manera obligatoria por los contribuyentes del Régimen General. 

Ahora con el objetivo de facilitar el cumplimiento voluntario de las obligaciones tributarias de los contribuyentes registrados en el Régimen General clasificados como Resto que no realizan transacciones u operaciones complejas, en el marco del nuevo Modelo de Administración del Sistema Impositivo (MASI), el SIN ha diseñado los Formularios Versión 3 Resumido para la presentación de Declaraciones Juradas correspondientes al IVA (F-200) y al  IT (F-400), los cuales simplifican el llenado de las casillas para la determinación de saldo a favor del Fisco o del Contribuyente.

1.- ¿Qué Contribuyentes deben utilizar los Formularios 200 IVA y 400 IT, Versión 3 Resumido?
Todos los contribuyentes del Régimen General clasificados como Resto (personas naturales, empresas unipersonales, personas jurídicas, oficios libres, profesionales, alquileres, comerciantes, etc.), podrán presentar sus declaraciones juradas del IVA e IT en los Formularios 200 IVA y 400 IT en Formato Versión 3 Resumido, cuando declaren únicamente sus  datos de ventas, compras y/o saldos para la determinación del saldo a favor del Fisco o del Contribuyente.

Importante: la Resolución Normativa de Directorio Nº10-0003-13 de 06 de febrero de 2013, “Clasificación de contribuyentes Newton – Específico”, dispuso la clasificación de los contribuyentes Resto del Régimen General como Contribuyentes Newton – Especifico, estableciendo características y demás formalidades para el cumplimiento de sus obligaciones tributarias.

2.- ¿Qué Contribuyentes no deben utilizar los Formularios 200 IVA y 400 IT, Versión 3 Resumido?
Aquellos contribuyentes clasificados como Resto que sean Exportadores, con Tasa Cero, con actividades no Gravados por IVA e IT y otros que requieran el llenado de otras casillas. Estos contribuyentes deberán utilizar de manera obligatoria los Formularios del IVA (200 V.3) e IT (400 V.3) aprobados mediante Resolución Normativa de Directorio Nº 10-0015-13 de fecha 19 de abril de 2013.

Asimismo; Los Formularios 200 IVA y 400 IT, Formato Versión 3 Resumido, no son aplicables a los contribuyentes PRICOS y GRACOS.

3.- ¿Cómo debo Rectificar las Declaraciones Juradas presentadas a través de los formularios IVA (200 V.3) e IT (400 V.3) Formato Versión 3 Resumido?
Las Declaraciones Juradas presentadas en Formato Versión 3 Resumido, deben ser rectificadas utilizando los Formularios aprobados mediante Resolución Normativa de Directorio Nº 10-0015-13 de fecha 19 de abril de 2013. Es decir; los formularios del  IVA (200 V.3) e IT (400 V.3) Formato Versión 3 Resumido, no son aplicables para realizar las rectificatorias.

4.- ¿Cómo obtener la certificación de las Declaraciones Juradas de los formularios del  IVA (200 V.3) e IT (400 V.3) Formato Versión 3 Resumido?
La Certificación Electrónica de las Declaraciones Juradas en Formatos Versión 3 Resumido, se extenderá a través del Portal Tributario del Servicio de Impuestos Nacionales, en el formato de los formularios aprobados mediante Resolución Normativa de Directorio Nº10-0015-13 de fecha 19 de abril de 2013.

5.- ¿Cuándo entra en vigencia los formularios del  IVA (200 V.3) e IT (400 V.3) Formato Versión 3 Resumido?
Entrará en vigencia a partir del 1° de julio de 2016,  debiendo presentar las declaraciones juradas del IVA e IT del período fiscal junio/2016, en los casos que correspondan, en los Formularios 200 IVA y 400 IT en Formato Versión 3 Resumido.

FORMATO FORMULARIO 200 IVA VERSIÓN 3 RESUMIDO

FORMATO FORMULARIO 400 IT VERSIÓN 3 RESUMIDO


5 comentarios :

  1. Y CON RELACION A LAS REBAJAS, DESCUENTOS Y OTROS, EN LA PRESENTACION DEL LCV MEDIANTE FACILITO?

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    1. Estimad@: Solo los contribuyentes categorizados como RESTO pueden utilizar los formularios 200 IVA y 400 IT en Formato Versión 3 Resumido, cuando declaren únicamente sus datos de ventas, compras y/o saldos para la determinación del saldo a favor del Fisco o del Contribuyente. Ahora, si estos mismos contribuyentes RESTO en las facturas de compras y ventas tienen detallado rebajas, descuentos y otros, necesariamente deben Declarar sus impuestos en los formularios extendidos (completos) 200 IVA e IT 400 versión 3 aprobados mediante RND 10-0015-13.

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  2. En el caso de descuentos y rebajas en el formulario normal

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  3. los formularios IVA 200 V3. RESUMIDO
    ,sera a través del newton o solo en papel físico?, de ser asi se estaria retrocediendo yyyyy

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    1. Los formularios están disponibles en la oficina virtual para la DDJJ. de contribuyentes Newton y Newton especifico. Los contribuyentes que no son newton especifico, deben utilizar los formularios fiscos.

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