lunes, 22 de junio de 2015

VIGENCIA DEL SISTEMA DE FACTURACIÓN VIRTUAL - SFV EL 2016

Rememoremos todas las modificaciones a la RND N° 10-0025-14 (SFV). 

Primero; la Resolución Normativa de Directorio (RND) Nº 10-0025-14 de 29 de agosto de 2014, Sistema de Facturación Virtual (SFV), establece el reglamento para la implementación del referido sistema en sustitución del anterior denominado, Nuevo Sistema de Facturación (NSF-07), estableciendo modalidades de facturación, procedimientos, aspectos técnicos, formalidades, requisitos para la dosificación, emisión y conservación de Facturas, Notas Fiscales o Documentos Equivalentes a través de la Oficina Virtual del Servicio de Impuestos Nacionales. Segundo; mediante Resoluciones Normativas de Directorio (RND) Nº 10-0029-14 de 06 de noviembre de2014, Nº 10-0032-14 de 26 de diciembre de 2014, Nº 10-0006-15 de fecha 31 de marzo de 2015, se modifica la RND Nº 10-0025-14, estableciendo la ampliación de plazos para la vigencia del Sistema de Facturación Virtual (SFV), así como las fechas límite de emisión para las modalidades de Facturación Manual y Prevalorada, incluidas aquellas con la característica especial de impresión en el exterior. 

Ahora el Servicio de Impuestos Nacionales (SIN), una vez mas con el fin "disque" de facilitar el cumplimiento de obligaciones tributarias por parte de los contribuyentes, vio por conveniente ampliar la fecha límite de emisión para las solicitudes de dosificación en las modalidades de Facturación Manual y Prevalorada, que se realizan a través del Sistema GAUSS y el Portal NEWTON. 

RESOLUCIÓN NORMATIVA DE DIRECTORIO Nº 10-0013-15 
MODIFICACIONES A LA RND Nº 10-0025-14 – SISTEMA DE FACTURACIÓN VIRTUAL (SFV) 
La Paz, 19 de junio de 2015


Artículo Único.- Se modifica la Disposición Transitoria Primera de la Resolución Normativa de Directorio (RND) Nº 10-0025-14 de 29 de agosto de 2014, modificada por las RND Nº 10-0029-14 del 06 de noviembre de 2014, Nº 10-0032-14 del 26 de diciembre de 2014 y Nº 10-0006-15 del 31 de marzo de 2015, con el siguiente texto: 

“Primera.- Las solicitudes de dosificación para las Modalidades de Facturación Manual y Prevalorada que se hayan realizado con el Nuevo Sistema de Facturación (NSF-07), antes de la vigencia de la presente Resolución y se encuentren vigentes, tendrán como fecha límite de emisión hasta el 31 de enero de 2016. Para las demás Modalidades de Facturación dosificadas con el NSF-07, la fecha límite de emisión será la que corresponda a cada modalidad de dosificación.”

 DISPOSICIÓN FINAL 

Única.- La presente Resolución Normativa de Directorio entrará en vigencia a partir de su publicación. 

Regístrese, hágase saber y cúmplase. 

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