lunes, 14 de abril de 2014

PRÓRROGA DE VENCIMIENTO PARA EL CUMPLIMIENTO DE OBLIGACIONES TRIBUTARIAS

RESOLUCIÓN NORMATIVA DE DIRECTORIO Nº 10-0010-14 
 La Paz, 14 de abril de 2014 

 VISTOS Y CONSIDERANDO: 

Que conforme lo dispuesto en el Parágrafo III del Artículo 53 y Numeral 7 del Artículo 66, ambos de la Ley Nº 2492 de 2 de agosto de 2003, Código Tributario Boliviano, la Administración Tributaria puede disponer fundadamente prórrogas de oficio para el pago de tributos. 

Que debido a problemas técnicos en el Sistema Informático del Servicio de Impuestos Nacionales, que impiden a los contribuyentes cumplir con sus obligaciones tributarias a través de la Oficina Virtual y pago de impuestos en las Entidades Financieras autorizadas, es necesario prorrogar la presentación de Declaraciones Juradas y el cumplimiento de obligaciones tributarias que requieren ser presentadas y enviadas a través de medios informáticos, para los sujetos pasivos y terceros responsables que tienen vencimientos al 14 y 15 de abril de 2014, a fin de resguardar sus derechos. 

Que de conformidad al Inciso p) del Artículo 19 del Decreto Supremo Nº 26462 de 22 de diciembre de 2001, Reglamento a la Ley del Servicio de Impuestos Nacionales, el Presidente Ejecutivo del Servicio de Impuestos Nacionales en uso de sus atribuciones y en aplicación del Inciso a) del Numeral 1 de la Resolución Administrativa de Directorio Nº 09-0011-02 de 28 de agosto de 2002, se encuentra facultado a suscribir Resoluciones Normativas de Directorio. 

POR TANTO: 

El Presidente Ejecutivo a.i. del Servicio de Impuestos Nacionales, en uso de las facultades conferidas por el Artículo 64 de la Ley N° 2492 de 2 de agosto de 2003, Código Tributario Boliviano, y las disposiciones precedentemente citadas, 

RESUELVE: 

Artículo Único.- Prorrogar los plazos correspondientes al Periodo Fiscal marzo/2014 para la presentación de Declaraciones Juradas, pago de impuestos en las Entidades Financieras y otras obligaciones impositivas que requieren ser presentadas y enviadas a través de medios informáticos, para los contribuyentes con vencimientos al 14 y 15 de abril de 2014, de acuerdo al siguiente detalle: 


Regístrese, hágase saber y cúmplase. 

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